¿Qué es un seguro de vida?
Un seguro de vida es un contrato con una compañía aseguradora en la que el Tomador se compromete al pago de una prima y la aseguradora se obliga al pago de un capital a los beneficiarios designados en la póliza en caso de fallecimiento del asegurado.
Un seguro de vida es un instrumento importante para tu planificación financiera: proteger a tu familia a través de un seguro de vida ayuda a tus seres queridos a poder mantener su estilo de vida aunque tú no estés para apoyarles.
¿Quién puede ser el beneficiario de un seguro de vida?
La designación de beneficiarios es la que tú decidas, pueden ser uno o varios beneficiarios, con porcentajes iguales o diferentes. Los beneficiarios designados inicialmente pueden cambiarse en cualquier momento, y pueden ser personas distintas de los herederos.
Si tienes hijos u otros familiares dependientes de tus ingresos, ellos son normalmente los beneficiarios de tu póliza de seguro. También puedes nombrar alguna oenegé, a un banco acreedor, u otra entidad.
¿Quién necesita un seguro de vida?
No se me ocurre nadie que no pueda necesitar un seguro de vida: toda persona que tenga obligaciones de pago por hipotecas, préstamos personales, quienes tengan pareja, hijos o personas a su cargo que dependan de sus ingresos total o parcialmente para cubrir sus necesidades.
¿Y si no tengo cargas familiares ni préstamos?
Si eres de esa pequeña parte de la población que se encuentra en esta situación, quizá tus padres necesiten una ayuda en su vejez y tu no estés para proporcionársela. ¿Has pensado que el seguro de vida puede cubrirte una posible invalidez? Entonces tú mismo serás el beneficiario contando con un capital que te ayude a mantener tu nivel de vida si por motivos de salud ya no puedes trabajar.
¿Puedo tener más de un seguro de vida?
Si, puedes tener todos los que necesites, cada uno de ellos por el importe, plazo, prima y beneficiarios que decidas.
Es habitual tener un seguro de vida que cubra el importe pendiente de la hipoteca, en este caso el beneficiario suele ser una Entidad Bancaria, pero también puedes contratar un seguro de vida que garantice los estudios de tus hijos y otro que pueda generar rentas para complementar las pensiones de viudedad y orfandad.
¿Y si tengo suficiente dinero y no necesito un seguro de vida?
El seguro de vida tiene muchas más ventajas además de proteger económicamente a la familia, puede destinarse a crear una herencia ya que se puede autoliquidar independientemente del resto de la masa hereditaria, por lo que los beneficiarios siempre podrán percibir el capital asegurado.
Con el seguro de vida también se puede dejar un patrimonio a personas distintas de los herederos.
¿Si una persona no tiene ingresos para qué hacerse un seguro de vida?
No realizar un trabajo remunerado no significa que su aportación a la familia no tenga un valor económico, una persona dedicada al cuidado de los hijos y del hogar realiza un trabajo imprescindible y, si faltara, la contratación de personas que realizaran esa labor es muy costosa y la indemnización del seguro de vida podría servir para cubrir esa necesidad.
Si se tienen deudas un seguro de vida es ideal para evitar que los herederos tengan que cargar con ellas en caso de fallecimiento. Además, el seguro de vida se cobra siempre, aunque el heredero renuncie a la herencia.
¿Puede mi empresa contratar un seguro de vida para sus trabadores?
Si, entonces entra en juego la figura del Tomador, que es quien firma el contrato y asume la obligación del pago, que es diferente del Asegurado; que es la persona a la que protege el seguro.
Por ejemplo, tu empresa dentro de los beneficios sociales que da a sus empleados puede contratar un seguro de vida a su favor.
¿Puede un banco obligarme a contratar con ellos mi seguro de vida?
Rotundamente no, la ley te respalda en este aspecto, puedes hacerte el seguro de vida en la compañía aseguradora que decidas. Ten en cuenta que un estudio comparativo de primas de seguro de vida riesgo, llevado a cabo por INESE, indica que un seguro de vida contratado con una entidad bancaria pueden ser hasta un 42% más caro que en una compañía aseguradora.
¿Tendré que hacerme un reconocimiento médico?
No es habitual pero sí posible que dependiendo de la edad y del capital que se quiera contratar la aseguradora solicite un examen médico antes de firmar la póliza. En este caso el coste del reconocimiento y pruebas médicas lo suele asumir la compañía aseguradora.
¿El seguro de vida desgrava?
El seguro de vida ligado a la hipoteca desgrava hasta un 15% de las primas junto con los importes destinados al pago de la hipoteca y con el límite máximo de 9.040 €/año.
Las condiciones para poder desgravar es que el préstamo hipotecario se destine a la vivienda habitual, la adquisición sea anterior a 2013 y que el beneficiario sea el banco.
Si eres autónomo puedes desgravarte, en forma de reducción sobre la base imponible del IRPF, las primas del seguro de vida que contingencias de fallecimiento, invalidez permanente o incapacidad total, hasta un máximo de 500 € anuales.
¿Cómo sabré si un familiar tenía un seguro de vida?
Basta con solicitar la información al Registro de contratos de cobertura de fallecimiento, dependiente del Ministerio de Justicia, este registro permite realizar consultas a través de tres vías: telemática, presencial o por correo, accede aquí para conocer todos los plazos y documentos.
¿Cómo tributa la indemnización del seguro de vida?
Si has sido beneficiario de un seguro de vida contratado por otra persona el importe a percibir tributará a través del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Dependiendo de la Comunidad Autónoma de residencia y del parentesco que tengan el beneficiario y el tomador del seguro existen importantes deducciones de carácter específico y adicional a las deducciones ordinarias del impuesto sobre sucesiones: así en los casos más habituales puede llegar a producirse una exención total.